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Cotizaciones impagas:
nulidad del despido.

Si al momento de despedirte el empleador no había pagado tus cotizaciones previsionales, el despido no produce el efecto de terminar el contrato y la empresa puede quedar obligada a seguir pagando tus remuneraciones hasta que regularice la deuda. Es la llamada Ley Bustos.

Revisión inicial sin costo · Honorarios solo si se gana · Respuesta el mismo día hábil

¿Es tu caso?

  • Tu certificado de cotizaciones de la AFP, salud o seguro de cesantía muestra meses sin pagar.
  • En tu liquidación aparecen descuentos de cotizaciones que no se enteraron.
  • La empresa te despidió estando en deuda previsional.
  • Sigues trabajando y te deben sueldos o cotizaciones.

Qué se puede reclamar

  • El pago de las cotizaciones adeudadas.
  • Las remuneraciones desde el despido hasta que se paguen las cotizaciones (con los límites que fija la ley).
  • Las indemnizaciones del despido, si además fue injustificado.
  • Sueldos, horas extra y vacaciones impagas.

Plazos

La nulidad del despido se reclama en general junto con la demanda por despido, dentro de los mismos plazos. Si sigues trabajando, podemos evaluar el cobro o un autodespido.

Documentos que sirven

  • Certificado de cotizaciones (AFP, salud y AFC)
  • Liquidaciones de sueldo
  • Carta de despido
  • Contrato de trabajo

No necesitas tenerlos todos para consultar.

Cómo trabajo

Reviso tu caso sin costo y te explico tus alternativas. Si decides seguir, pactamos por escrito honorarios de entre 20% y 30% de lo que se obtenga, y solo pagas si se gana.

PREGUNTAS FRECUENTES

Cotizaciones impagas (Ley Bustos): dudas comunes.

¿Cómo sé si me deben cotizaciones?

Descarga tu certificado de cotizaciones en el sitio de tu AFP, de tu Isapre o Fonasa y de la AFC, y compáralo con tus liquidaciones.

¿Hasta cuándo debe pagar la empresa?

Hasta que convalide el despido pagando las cotizaciones, con un límite que la ley y la jurisprudencia han fijado. Lo reviso con tus fechas.

¿Y si la empresa cerró?

Igual puedes reclamar; si está en quiebra, hay un procedimiento especial y los créditos laborales tienen preferencia.

REVISIÓN INICIAL SIN COSTO

Cuéntame tu caso.
Comencemos por aquí.

Completa estos tres pasos. Con esa información reviso tu consulta y te contacto por el medio que prefieras.

Documentos que te servirá tener

Carta de despido y finiquito

Contrato de trabajo y anexos

Liquidaciones de sueldo

Certificado de cotizaciones

Licencias, denuncias o informes médicos (accidentes)

Enviar el formulario no inicia una demanda, no suspende los plazos legales y no significa que haya aceptado tu causa. Si tienes una audiencia o un plazo próximo, indícalo en tu relato.
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